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La Asamblea Nacional aprobó por unanimidad la Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar contra el Bloqueo Imperialista y en Defensa de la República Bolivariana de Venezuela. El instrumento legal da “luz verde” para que el Gobierno nacional encarcele o imponga duras penas a aquellos que considere “traidores a la patria” por apoyar la imposición de sanciones contra el país.

Durante la sesión de este jueves, los diputados aprobaron los artículos más importantes de la legislación, entre los cuales, detallaron cuántos años en prisión podría pasar una persona por “invocar, promover o respaldar” las medidas coercitivas desde un país o grupo de países hacia Venezuela.

“Toda persona que promueva, instigue, invoque, respalde, o favorezca la adopción de medidas coercitivas contra la población venezolana será sancionada con prisión de 25 a 30 años”, expone el artículo 11 de esta Ley, que fue leído desde el Parlamento Nacional.

Esta medida también aplicará para “toda persona que invoque acciones armadas o de fuerza, así como ataques cibernéticos contra “la población venezolana o sus instituciones”, de acuerdo con el artículo 12 de la misma Ley.

Sumado a la culpabilidad, el artículo 19 de esta legislación establecen que impulsar sanciones contra el país será considerado una “actividad ilícita de delincuencia organizada” y está sujeta al procedimiento de “extinción de dominio”. Es por esta razón que, el artículo 17 establece que “no serán aplicables las fórmulas alternativas de cumplimiento de la pena” para los encarcelados.

Multas de €1 millón

Sumado al tiempo de encarcelación, la Ley prevé multas para quienes incurran en estos delitos, aplicando incluso para medios de comunicación, canales informativos digitales o personas en redes sociales.

Las multas están fijadas “por la cantidad en bolívares equivalente a entre 100 mil y un millón de veces el tipo de cambio de la moneda de mayor publicado por el Banco Central de Venezuela”, lo que, de acuerdo con la tasa BCV, serían 100 mil euros o hasta un millón de euros, dado que es la moneda de mayor valor en el país.

En cuando a los prestadores de servicio de radio o televisión, Conatel jugará un papel fundamental en la determinación del contenido que califique como “publicidad, propaganda o mensajes promoviendo la imposición de medidas coercitivas que afecten a Venezuela”, dado que, a los medios de comunicación que les sea identificado esta difusión, le será revocada su concesión.

Otra sanción que aplicará tanto para los medios tradicionales como para los digitales será una multa por violar la Ley Simón Bolívar. “A los medios de difusión, medios electrónicos, redes sociales y medios impresos se impondrá multas por la cantidad en bolívares equivalente a entre 100 mil y un millón de veces el tipo de cambio de la moneda de mayor publicado por el Banco Central de Venezuela”, detalla el artículo 21 de esta legislación.

Inhabilitación política

Este lunes 25 de noviembre, el primer vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv), Diosdado Cabello, ya había adelantado que la Ley Simón Bolívar traería “castigos” muy “severos” contra quienes respalden o propicien las sanciones internacionales contra Venezuela.

El Ministro de Interior y Justicia hizo mención de una inhabilitación “de por vida” para María Corina Machado. “Esa ley es bien severa, extinción de dominio, 30 años de cárcel, inhabilitación vitalicia, la terrorista esta (María Corina Machado) está inhabilitada de por vida, ya. Los que andan promoviendo sanciones deben tener un costo y deben sentir que este costo es alto”, expresó Cabello.

Tal y como lo adelantó el número dos del chavismo, la Ley contempla hasta 60 años de inhabilitación política para quienes sean encontrados culpables de los delitos expuestos en esta legislación.

“No podrán postularse a cargos de elección popular las personas que en cualquier momento antes de la elección hayan promovido, solicitado, respaldado o participado en la adopción o ejecución de medidas coercitivas contra el pueblo venezolano, los poderes públicos o sus autoridades”, reza el artículo 9 de la Ley.

De igual forma indica que, quienes se considere que se lucraron u obtuvieron beneficios de medidas administrativas o judiciales dirigidas al congelamiento, embargo o confiscación de activos de la República, cuando dichas medidas fuesen consecuencia de sanciones, estarán sujetos a esta medida de imposibilidad de ejercicio de cargos públicos.

El artículo 13 resume este aspecto de forma muy precisa: “La jueza o el juez impondrá en la sentencia condenatoria por los delitos previstos en esta Ley la pena accesoria de inhabilitación política de hasta por 60 años”, dice el escrito.

Extranjeros imputados

Además, la Ley da espacio para duras medidas en contra de ciudadanos extranjeros involucrados en la imposición de sanciones contra el país petrolero.

“Todas aquellas personas naturales de nacionalidad extranjera que cometan alguna de las acciones contrarias a los valores del estado previstos en esta ley podrán ser sujetos a la medida de expulsión establecida en leyes migratorias, así como de prohibición del ingreso al territorio nacional”, dice el artículo 14.

Tanto para naturales como extranjeros aplicará un “registro nacional” en el que se llevará un control de la identificación de personas “respecto de las cuales exista presunción fundada de estar en alguna de las acciones contrarias a los valores del estado previstos en esta ley a los fines de imponer medidas económicas, restrictivas y de carácter administrativo”.

Para estas, habrá medidas que el juez podrá tomar en su contra, como el congelamiento preventivo de activos, prohibición de contratar con la República o sus entidades, suspensión del registro nacional de contratistas, prohibición de exportar o importar mercancías, prohibición de realizar operaciones de compra o ventas de inmuebles, vehículos, naves o aeronaves y suspensión en participación en órganos públicos.

“Si el sujeto o entidad es de nacionalidad extranjera podrá prohibirse su entrada al país”, también refiere la Ley Simón Bolívar.

Una vez leída y aprobada esta legislación en la Asamblea Nacional, el presidente del parlamento, Jorge Rodríguez, detalló que será remitida a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para su aprobación. Entrará en vigencia una vez sea publicada en Gaceta Oficial.