Por José Luis Centeno S.
Fiscal corrupta encarceló inocente mientras manipulaba casos de narcotráfico.
Lo que sucede en las sombras del Centro Penitenciario “David Viloria”, mejor conocido como “Uribana”, no es solo la reclusión de un hombre, es el entierro de la seguridad jurídica bajo el peso de una acusación que hoy, a la luz de los hechos, huele a montaje, por la perniciosa actuación de una fiscal corrupta.
Hablo de Lusving Javier Beltrán Plata, un ciudadano de San Cristóbal, de profesión Abogado, con una empresa próspera, cuyo destino se torció en las carreteras de Yaracuy.
Desde hace cinco años, Beltrán Plata vive un sinsentido procesal bajo la causa No. 6C-2020-000837 (Causa Fiscal Nº MP233551-2020), imputado por un delito convertido en el comodín de la arbitrariedad: tráfico ilícito agravado de sustancias estupefacientes. Pero lo que parece un caso de manual contra las drogas, es en realidad un manual de cómo demoler el debido proceso.
El destino tiene un sentido del humor macabro. La encargada de sostener la espada sobre el cuello de Lusving Javier fue la otrora poderosa Rosalba Hernández, Fiscal Septuagésima (70°) Nacional contra las Drogas. Mientras mantenía una acusación pétrea contra un hombre cuyas pruebas técnicas, ignoradas por ella, gritaban inocencia, el sistema que representaba terminó devorándola.
Es un hecho público y notorio que Rosalba Hernández fue privada de libertad por retraso u omisión intencional de funciones agravada y omisión dolosa de funciones en materia de drogas. Se le acusó de maniobrar para excluir de responsabilidad a un empresario en el decomiso de 251 kg de cocaína.
En cristiano, mientras Hernández presuntamente “limpiaba” expedientes de los poderosos, mantenía el hierro sobre ciudadanos como Beltrán Plata, desestimando pruebas determinantes que lo desvinculaban del hecho que le atribuyeron.
¿Qué validez tiene una acusación sostenida por una funcionaria que hoy está tras las rejas por, precisamente, manipular casos de narcotráfico? La lógica jurídica más elemental dicta que un proceso enturbiado por un operador de justicia hoy cuestionado por corrupción debe ser revisado ex officio.
Desde la perspectiva técnica, salvo mejor criterio, el caso de Lusving Beltrán es una bofetada al Artículo 230 del COPP. La norma es clara: la prisión preventiva no debe exceder el plazo razonable de dos años.
Lusving Beltrán lleva cinco años en Uribana. Ha pasado el doble del tiempo máximo permitido por la ley para estar preso sin una sentencia firme. Mantenerlo recluido, mientras el juicio en el Tribunal de Juicio Nro. 2 de Yaracuy se arrastra entre omisiones, es convertir la detención preventiva en una privación ilegítima de libertad, violando flagrantemente el artículo 44 constitucional.
La permanencia de Beltrán Plata en Uribana es el testimonio de un sistema que olvida a los ciudadanos en los sótanos de la burocracia judicial. Si la fiscal Rosalba Hernández pudo “omitir intencionalmente” funciones en otros casos para favorecer a empresarios, ¿quién nos asegura que no omitió la verdad en el caso de Lusving Javier por desidia o por una política de “cuotas” de condenados?
Es imperativo que el nuevo Fiscal General de la República, el amigo Larry Devoe, revise este expediente. No se puede construir una “convivencia democrática” ni una verdadera “paz social” sobre los cimientos de procesos judiciales viciados por funcionarios que hoy habitan el mismo infierno penal que sus víctimas.
La libertad de Lusving Javier Beltrán Plata es, hoy por hoy, la prueba de fuego para una justicia que dice haber cambiado de rostro. El plazo razonable murió hace tres años, la justicia no puede seguir en la morgue.
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