Por: José Luis Centeno S.
Instrumentalización del proceso penal: La vía penal como sustituto coercitivo de la ejecución civil y la vulneración del Principio de última ratio
En Yaracuy, los principios rectores del Ministerio Público, que incluyen la legalidad, y su objetivo principal, que es actuar en representación del interés general, preservando el Estado democrático y de justicia, estarían en desuso; también el deber de vigilar el respeto a los derechos y garantías constitucionales.
Digo lo anterior, porque conocí de una causa penal que involucra serios cuestionamientos al despacho que hoy dirige el amigo Larry Devoe, el Ministerio Público, donde la justicia parece haberse convertido en una mercancía de subasta al mejor postor.
La historia del octogenario Rubén Antonio Garrido Salazar es el retrato hablado de la indefensión. A sus 83 años, con un solo riñón, este ciudadano padece un arresto domiciliario que han prolongado arbitrariamente por casi tres años. ¿Su pecado? Intentar ocupar un inmueble que su esposa, Zaida Naim de Garrido, adquirió legítimamente.
Lo que debería ser una simple ejecución de propiedad, respaldada por documentos civiles auténticos, ha derivado en una trama de “terrorismo judicial” orquestada por su propia comadre, Erlinda del Carmen Fuentes, y su nuera, Yeniree Castillo Parra, quienes usan el proceso penal para evadir el cumplimiento de una obligación contractual y la entrega del bien vendido
El génesis de este atropello es una estafa descarada. Zaida Naim compró el apartamento a Yeniree Castillo, quien a su vez lo recibió de su suegra, Erlinda Fuentes. Existen documentos autenticados por tribunales civiles que gozan de fe pública y autoridad de cosa juzgada. Sin embargo, al momento de la entrega material, la “comadre” y su nuera mutaron en verdugos.
Denunciaron una supuesta “invasión” ante el CICPC de Yaritagua, una dependencia que, curiosamente, mostró una celeridad inusitada para detener a un anciano de 83 años y a su hijo profesional, Jourdans Alexander Garrido Nain; para este fin, sobraron recursos y patrullas, evidenciando una actuación policial sesgada y no ajustada a derecho, contraria a la garantía de libertad personal.
La punta de lanza de este asalto a la legalidad fue el Ministerio Público. Los fiscales Renny Daniel Madero Vásquez y Winston Yánez, hoy destituidos por presuntas tramas de corrupción y extorsión, en la causa fiscal N° MP-140360-2023 ignoraron deliberadamente las pruebas de descargo. Obviaron una experticia grafotécnica del Inspector Jefe Dragan Batich Pérez Vivas, que confirmó la autenticidad de las firmas de las vendedoras.
Peor aún, estos fiscales silenciaron el hecho de que Erlinda Fuentes se negó a comparecer para la toma de muestras dactiloscópicas, una señal inequívoca de su mala fe. Estos hechos le exigen a Larry Davoe, materializar el compromiso que asumió tras ser designado como Fiscal General encargado, “trabajar sin descanso para contribuir a consolidar un sistema de justicia de altura para el pueblo”.
El ensañamiento fiscal es tal que, a pesar de la naturaleza eminentemente civil del conflicto, se empeñaron en calificar los hechos como Invasión, Uso de documento público falso y Agavillamiento. Como bien ha señalado la jurisprudencia, el delito de uso de documento falso requiere, como condición sine qua non, la acreditación de la falsedad del acto.
En la causa no solo no se probó la falsedad de los documentos que sustentan la compraventa, sino que se acreditó su veracidad mediante experticia grafotécnica. Estamos ante una controversia de propiedad de naturaleza civil que jamás debió trascender la esfera penal, violando el principio de intervención mínima del derecho penal, pues existen mecanismos menos lesivos para dirimir la titularidad del bien.
Detrás de este tinglado jurídico asoman sombras de poder: las abogadas de la presunta “víctima”, Belkis Isaac Pérez Castillo y Jholeesky del Valle Villegas Espina, exfiscal (también ex Primera Dama del Estado) y exjuez respectivamente, cuya influencia parece haber permeado la alzada.
Mientras una juez de control, en un destello de sensatez, intentó otorgar libertad plena al percatarse de la falsedad de la denuncia. El fiscal Renny Madero ejerció un recurso de efecto suspensivo para dejar al octogenario privado de libertad, como también a su hijo, y la corte, bajo la aparente presión de Belkis Pérez y Jholeesky Villegas, declaró con lugar la petición fiscal.
“Doctor, meta la lupa y ayúdeme”, clama la profesora Zaida Naim en su desesperado mensaje al Fiscal General. No es solo un grito por su esposo enfermo; es la denuncia de una estructura donde la Fiscalía Cuarta de Yaracuy operó como brazo ejecutor de una estafa inmobiliaria regida por un modus operandi palpable.
Mantener a Rubén Garrido preso es convalidar la impunidad de quienes usan el derecho penal para no entregar lo que ya vendieron y cobraron. En la perspectiva de este caso, el Ministerio Público en Yaracuy parece estar secuestrado por una cofradía que ha hecho del proceso penal su mejor herramienta de extorsión. ¿Hasta cuándo, Larry?
